Dólar Turista: qué paga y qué no paga el 30% de impuesto
¿A qué alcanza y qué no el impuesto del «Dólar Turista»? – Según el portal viajero Directorio de Micros.
La ley de Emergencia Económica en la Argentina trae sin dudas una serie de cambios en los costos de los precios de todo lo involucrado con pagos con divisas, mediante la reimplantación del llamado «Dólar Turista» el cual es una profundización del Cepo Cambiario ya existente, ya que la ley implicará un impuesto general de un 30% a todos los pagos en el exterior con tarjetas de débito y crédito, pagos en sitios del exterior, compra y venta de dólares y pasajes al extranjero, pero como toda ley redactada en Argentina, tiene ciertas particularidades que merecen ser explicadas con una mayor calma. Pero por mientras esto es lo que sabemos. En los próximos días se desarrollará de mejor manera
¿Que es lo que alcanza el impuesto del «Dolar Turista»? Recuerden que el impuesto comienza a aplicarse al día siguiente de su aparición en el Boletín Oficial, lo cual puede pasar el domingo 22 o lunes 23 de diciembre de 2019.
– Todas las compras con tarjetas de crédito y débito emitidas en Argentina en el exterior desde el día siguiente a la fecha de la promulgación de la Ley de Emergencia Económica que sería el domingo 22 o lunes 23 de diciembre de 2019
– Compras a sitios del extranjero con pago con tarjetas de crédito y débito en Argentina. O sea si compraste a partir del domingo 22 o lunes 23 de diciembre de 2019 en Booking, Civitatis, líneas aéreas, compañías de autobuses y todo lo que no facture en pesos argentinos pagará el 30% de impuesto.
– Compra de divisas en casas de cambios y bancos como también las virtuales en Homebanking a partir del domingo 22 o lunes 23 de diciembre de 2019. Se mantiene el límite de 200 dólares mensuales en Homebanking y 100 dólares presencial.
– Compras de pasajes terrestres, aéreos y fluviales que NO sean en pesos argentinos.
¿Que no alcanzaría el impuesto del «Dólar Turista»
Esto es lo que sabemos hasta ahora:
– Estan exceptuadas las compras de libros, plataformas educativas, medicamentos, importaciones y gastos de investigadores vinculados al Estado Nacional, Provincial y Municipal
– Compra de pasajes terrestres, aéreos y fluviales que sean pagados en pesos argentinos y que no requieran recurrir a divisas. Esto significaría que los viajes a Chile, Brasil, Uruguay, Paraguay y Bolivia si estos son pagados en pesos y a empresas argentinas serán sin el impuesto incluido. Habrá que ver si en la reglamentación de ley, incluye los vuelos a larga distancia de Aerolíneas Argentinas y Latam Argentina los que tal como está redactada la ley, podrían caer dentro de esta excepción.
Esto es lo que se sabe hasta ahora. Habrá que ver que es lo que sucede en los próximos días con la implementación de la ley.