El municipio dispuso en el marco del decreto que establece el “aislamiento social, preventivo y obligatorio” hasta el 31 de marzo, ampliar los contenidos del mismo.
Por una nueva normativa se establece que los siguientes rubros deberán atender al público de 8 a 17 horas, salvo que lo hagan bajo la modalidad entrega a domicilio. Están comprendidos Supermercados y /o Autoservicios, Carnicerías, Pescaderías y Pollerías, Verdulerías, Panaderías, Proveedores de agua envasadas, Kioscos, Almacenes y Despensas.
En el Decreto 142, complementario del 141, se indica que es necesario efectuar una ampliación de la regulación local, definiendo límites y horarios al funcionamiento de comercios, en los que se verifica gran concentración de personas durante el transcurso de la jornada, poniendo en riesgo la salud de toda la población.
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