Pero además, Educación quiere introducir ahora un nuevo concepto: además de la presencialidad en la escuela, se computará la presencialidad por espacio curricular, por materias. Respecto de la primera, el borrador que está a estudio dice: “La cantidad de inasistencias institucionales se calcularán en un 20 % (el porcentaje está puesto entre signos de pregunta) de los días de clases definidos por la provincia en el ámbito del Consejo Federal de Educación. Las instituciones educativas según modalidad y/o contexto en el que se encuentran situadas, podrán flexibilizar hasta en un 10% más las inasistencias. Esta definición, se llevará a cabo por las instituciones en coordinación con las supervisiones de nivel y las direcciones departamentales”.
El borrador señala que la presencialidad a la escuela secundaria “se computará como asistencia institucional” pero también en cada espacio curricular. Así, el estudiante matriculado deberá cumplir con el 80% mínimo de presencialidad institucional, y el 80 % mínimo de presencialidad en cada espacio curricular.
Pero enseguida aclara que la presencialidad del estudiante en cada espacio curricular se podrá dar de la siguiente manera:
1) Estando presente en el espacio curricular correspondiente.
2) Cumpliendo con las actividades planificadas para casos especiales: en situaciones debidamente justificadas de ausencia del estudiante a un determinado espacio curricular, previo tratamiento entre los profesionales que integran los ámbitos de los espacios colegiados con los que cuenta la institución, cuyas definiciones establecerán los criterios de trabajo estudiantil, se otorgará la presencialidad del estudiante al espacio curricular, con el fin de acompañar las trayectorias escolares desde otras alternativas de abordaje educativo.
Respecto de las inasistencias institucionales, se computarán por turno de funcionamiento completo, caracterizadas de la siguiente manera:
a) 1 inasistencia, cuando la concurrencia obligue a un solo turno, doble turno o jornada extendida y su inasistencia se contabiliza en un día de clase.
b) ¾ inasistencia, cuando se ingresa con más de una a una hora de retraso o cuando se retire con hasta una hora antes de la finalización del turno.
c) ½ inasistencia, cuando la concurrencia obligue a doble turno y/o a actividades a contra turnó, o con retraso entre 30 minutos y 1 hora, o cuando el estudiante se deba retirar entre 30 minutos y 1 hora antes del horario establecido de finalización.e) ¼ inasistencia, cuando ingrese con un retraso de hasta 30 minutos en el turno, o cuando el estudiante se deba retirar con 30 minutos antes del horario establecido.
En cuanto a las inasistencias curriculares ?es decir, faltar a determinada materia-, el anteproyecto prevé que se computarán por horas cátedras de la siguiente manera:
a) 1 inasistencia, cuando la concurrencia obligue a una hora cátedra.
b) ½ inasistencia, cuando se ingrese con retraso entre 5 minutos y 15 minutos o cuando el estudiante se deba retirar entre 15 minutos y 5 minutos del horario establecido de finalización.
C) ¼ inasistencia, cuando ingrese con un retraso de hasta 5 minutos en la hora cátedra o cuando el estudiante se deba retirar con hasta 5 minutos antes del horario establecido.
En ese marco, el alumno perdería la condición de regular si superase el 20 % de inasistencias sobre el total de días de clase previsto para el año, en combinación con la superación del 20 % de la no presencialidad en el espacio curricular. “En caso de exceder este límite, el estudiante deberá continuar con el cursado, debiendo rendir en comisión evaluadora, el espacio curricular en cuestión”, dice el texto.
En el caso de estudiantes embarazadas, podrán acceder al beneficio de 30 inasistencias institucionales más; para el caso de “nacimientos múltiples”, se permitirán 15 inasistencias más; y en caso de paternidad, 3 inasistencias.
Además, cuando el alumno esté cursando el último año de la secundaria, podrá hacer uso de 5 inasistencias institucionales más.
Posturas
No bien el proyecto se hizo público, se conocieron distintas posturas respecto a esa idea de Educación en torno al número de asistencias permitidas en el nivel medio.
Héctor de la Fuente, vocal del Consejo de Educación, dice que no es un proyecto acabado sino que está siendo debatido.
“Esto surgió de una discusión con los supervisores. Pero es un proyecto simplemente, que está siendo sometido a revisión. La idea es que se discuta en las escuelas. Se está hablando como si se tratara de un proyecto terminado, y no es así”, dijo en diálogo con El Diario.
De la Fuente opinó que la propuesta, antes de ser aplicada, buscará “el consenso” de todos los sectores, y que incluso se consultará a los sindicatos docentes. “La idea es incluir a todos en la discusión. Lo que se quiere es que salga con el consenso necesario”, dijo.
-¿En qué plazo se piensa aplicar el proyecto?
-No hay plazos. Se piensa inclusive que esto pueda trascender la actual gestión.
Observaciones
La propuesta, sin embargo, mereció algunas observaciones de parte de la expresidentes del Consejo de Educación, Graciela Bar. “En nuestra provincia, se posibilita hasta 20 inasistencias en el año, pudiendo el adulto responsable del estudiante solicitar -ante situaciones excepcionales y debidamente justificadas- una extensión de 8 inasistencias más. Si se fijara 180 días de clases, se aumentará de 20 o 28 días a 36 (20%) o 54 (con el 30%) inasistencias en el año ?planteó mediante un posteo en Facebook?. ¿Será verdad? No creo, pues sería un despropósito no asegurar una adecuada formación, responsabilidad ineludible del Estado”.
Ana Delaloye, secretaria de Educación de la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (Agmer), mostró la disidencia del sindicato. “Acá se insiste en medir la calidad a partir del tiempo en el aula. Lo que entendemos es que hay que trabajar según la situación de cada estudiante. Hay chicos que no pueden estar en la escuela, pero su trayectoria puede ser acompañada. Y su proceso de aprendizaje no se mide por los días en la escuela ?dijo-. Pero además hablan de computar inasistencias institucionales y curriculares. Esto también habla de una fragmentación”.
Ya se habían aumentado
En 2011, la conducción educativa resolvió ampliar la cantidad de inasistencias permitidas a los estudiantes de la escuela media.
La resolución Nº 1.770 fijó, además, que las vacantes deberán adjudicarse a los estudiantes promovidos de la misma escuela, y a los no promovidos, con lo cual invalidó la expulsión por repitencia.
Y cuando la cantidad de aspirantes supere las vacantes disponibles, la escuela deberá apelar a un mecanismo de sorteo público. Los que finalmente no encuentren plaza en la escuela pretendida, deberán ser reubicados en otro establecimiento por las propias autoridades educativas.
También estableció el tope máximo de inasistencias que puede acumular un alumno, que pasó de 15 a 28, aunque de modo escalonado: la escuela tolerará hasta un máximo de 20 inasistencias anuales; y tendrá la facultad de otorgar, de modo excepcional, otras 8 inasistencias. Pero además se estableció un nuevo sistema de evaluación, que introdujo la novedad de las semanas previas de revisión de saberes al final de cada trimestre, y antes de los exámenes. Y la posibilidad de que el alumno cuestione la nota del profesor.
Ese esquema de inasistencias podría cambiar nuevamente ahora, si prospera el proyecto que está en discusión en las escuelas.